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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 226786
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 139
CLAUSULA DE EXCLUSION POR SEPARACION CUANDO SE HA PLANTEADO UN JUICIO SOBRE TITULARIDAD DE CONTRATO COLECTIVO. NO PROCEDE APLICARLA A TRABAJADORES QUE SE AFILIEN AL SINDICATO DEMANDANTE MIENTRAS NO SE RESUELVE EL CONFLICTO COLECTIVO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 139
Cuando los trabajadores que se separan del sindicato titular del Contrato Colectivo de Trabajo afirman ser la mayoría de los que prestan sus servicios en la empresa, y formando un nuevo sindicato o afiliándose a otro ya constituido se demanda de aquél la titularidad del citado contrato, la cláusula de exclusión por separación pactada en el mismo no puede ser aplicada a tales trabajadores por el organismo sindical demandado mientras esté pendiente de resolución definitiva el conflicto colectivo instaurado, porque de lo contrario se haría nugatorio el derecho que tiene la mayoría, constituida en sindicato, para exigir la pérdida de la titularidad del pacto colectivo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 2012/88. Juan Santiago Vera y otros. 18 de agosto de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: César Esquinca Muñoa. Secretario: Juan Manuel Alcántara Moreno.