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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
226856
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 179

COSA JUZGADA, SI NO HAY IDENTIDAD EN LA COSA RESPECTO DE LA QUE SE EJERCITARON ACCIONES EN DIVERSOS JUICIOS, NO OPERA LA EXCEPCION DE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 179

Precedentes

Amparo directo 1240/88. Jaime Castellanos López. 4 de julio de 1989. Mayoría de votos. Ponente: Luis Alfonso Pérez y Pérez. Secretario: Nicolás Leal Salazar. Disidente: José de Jesús Gudiño Pelayo.
Registro digital (IUS): 226856