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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
226900
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 206

DERECHOS DE AUTOR, FALTA DE LEGITIMACION DE LA SOCIEDAD AUTORAL PARA COBRAR LAS PRESTACIONES QUE CORRESPONDEN A LOS SOCIOS, SI NO ACREDITA LOS EXTREMOS DE LA FRACCION II, DEL ARTICULO 98, DE LA LEY DE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 206

Precedentes

Amparo directo 187/89. Sociedad de Autores y Compositores de Música, Sociedad de Autores de Interés Público. 25 de octubre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Adrián Avendaño Constantino. Secretario: Manuel García Valdez.
Registro digital (IUS): 226900