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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 226948
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 231
EDICTOS EN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, NOTIFICACION POR.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 231
No basta que el actor solicite al juez a quo, que se cite a la diligencia de remate a los copropietarios de un bien inmueble, para que hagan valer su derecho al tanto, por medio de edictos, para que el juez acuerde favorablemente esta petición, toda vez que es necesario que indique el lugar y ubicación donde residen cada uno de ellos, para que las notificaciones y principalmente el auto en que se anuncia el remate, se haga de su conocimiento y sólo en el caso de que desconozca su domicilio - lo que además debe demostrar -, se hará la publicación por edictos, pues de realizarse la notificación en esta forma, sin que previamente el actor cumpla con los referidos requisitos, se violarían las reglas fundamentales que rigen el procedimiento.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 11/89. Alfonso Meza Navarro. 12 de julio de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio Patlán Romero. Secretaria: Alicia Gómez Lagos.
Notas:
Esta tesis contendió en la contradicción 113/2001-PS que fue declarada improcedente por la Primera Sala, toda vez que sobre el tema tratado existe la tesis 247, que aparece publicada en el Apéndice de 1995, Sexta Época, Tomo VI, Parte SCJN, página 165, con el rubro: "EMPLAZAMIENTO DE ACREEDORES EXTRAÑOS AL PROCEDIMIENTO."
Esta tesis contendió en la contradicción 112/2001-PS que fue declarada improcedente por la Primera Sala, toda vez que sobre el tema tratado existe la tesis 247, que aparece publicada en el Apéndice de 1995, Sexta Época, Tomo VI, Parte SCJN, página 165, con el rubro: "EMPLAZAMIENTO DE ACREEDORES EXTRAÑOS AL PROCEDIMIENTO."