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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
226988
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 255

FERROCARRILEROS. PRIMA DE ANTIGÜEDAD, PAGO A LOS BENEFICIARIOS DEL TRABAJADOR FALLECIDO (CLAUSULA 237 DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 255

Precedentes

Amparo directo 5766/89. Ferrocarriles Nacionales de México. 29 de septiembre de 1989. Mayoría de votos. Ponente: J. Refugio Gallegos Baeza. Secretario: José Luis Martínez Luis. Disidente: J. Refugio Gallegos Baeza.
Registro digital (IUS): 226988