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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 227204
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 377
PREFERENCIA DE DERECHOS. VACANTES O PUESTOS DE NUEVA CREACION OTORGADOS POSTERIORMENTE A LA FIJACION DE LA LITIS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 377
En un juicio sobre preferencia de derechos para ocupar una vacante o un puesto de nueva creación la Junta debe determinar al trabajador que reúne de la manera más satisfactoria los presupuestos establecidos por la ley o el contrato colectivo de trabajo para que le sea otorgado; de ahí que la resolución que se pronuncie al respecto únicamente puede referirse a los trabajadores contendientes cuya situación haya formado parte de la litis, pero no al que, aun teniendo mejores y preferentes derechos, el patrón le haya concedido la plaza reclamada posteriormente a la fecha en que se hubiera fijado la litis y no haya intervenido en el juicio.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 6093/89. Mario Mendoza Ramírez. 27 de septiembre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Héctor Landa Razo.