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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 227227
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 388
PRIMA DE ANTIGÜEDAD Y COMPENSACION POR RETIRO. CASO EN QUE SON PRESTACIONES DIFERENTES.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 388
Del examen de los artículos 162 de la Ley Federal del Trabajo o 278 y 279 del contrato colectivo de trabajo celebrado entre Minera de Cananea, S.A., y el Sindicato de dicha empresa, vigente en el año de mil novecientos ochenta y tres, este Tribunal advierte que tales preceptos establecen prestaciones diferentes, por ser distintas las causas motivadoras que las generan, ya que, por una parte, la prima de antigüedad de que habla el artículo 162, de la Ley Federal del Trabajo, toma en cuenta la antigüedad del trabajador en su empleo, con exclusión del lugar en donde lo haya desempeñado; en tanto, la prestación contractual denominada "compensación por retiro" a que se refiere el contrato colectivo, establece como condición para su pago, la existencia de situaciones acordes a la naturaleza especial del trabajo desempeñado en las minas (dentro o fuera de ellas), además del tiempo transcurrido.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 602/85. Ismael Valencia y coagraviados. 16 de agosto de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Adrián Avendaño Constantino. Secretario: Víctor Hugo Mendoza Sánchez.
Véase: Tesis de jurisprudencia número 211, Apéndice 1917- 1985, Quinta Parte, página 195, en la que sostiene que según la práctica adoptada en diversos contratos colectivos de trabajo, la prima de antigüedad y el retiro voluntario son prestaciones equivalentes.