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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Sobre el tema tratado existe denuncia de contradicción de tesis 485/2009 en la Primera Sala.

Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
227264
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 407

PRUEBA PERICIAL, VALOR PROBATORIO DE LA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 407

Precedentes

Amparo directo 525/89. Roberto Oribio Gallegos. 30 de octubre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Caballero Cárdenas. Secretario: Eduardo N. Santoyo Martínez. Nota: Sobre el tema tratado existe denuncia de contradicción de tesis 485/2009 en la Primera Sala.
Registro digital (IUS): 227264