📌 Nota del SJF sobre vigencia
Nota: El criterio contenido en esta tesis contendió en la contradicción de tesis 12/91, resuelta por la Cuarta Sala, de la que derivó la tesis 4a./J. 24/93, que aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Número 65, mayo de 1993, página 22, con el rubro: "RECUENTO. VALORACION DE LA PRUEBA DE, PARA OTORGAR LA TITULARIDAD Y ADMINISTRACION DE UN CONTRATO COLECTIVO."
Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Epoca, Tomo XXIX, mayo de 2009, página 259, tesis por contradicción 2a./J. 61/2009, con el rubro: "RECUENTO. VALORACIÓN DE LA PRUEBA RELATIVA, PREVISTA EN EL ARTÍCULO 931 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, PARA DETERMINAR LA TITULARIDAD DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO."
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 439
La diligencia de recuento tiene como fin determinar cuál de las organizaciones sindicales contendientes representa la mayoría en una determinada empresa y por tanto le corresponde la titularidad del Contrato Colectivo de Trabajo, de donde conforme a lo dispuesto por el artículo 931, fracción II, de la Ley Federal del Trabajo, esa mayoría se configura con el resultado de la votación de los asistentes al acto, aun cuando no sea la totalidad de los trabajadores sindicalizados que laboran en la empresa.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 523/89 (4994/89). Sindicato de Trabajadores de la Industria de Artefactos y Equipos Eléctricos y Electrónicos de la República Mexicana. 18 de octubre de 1989. Unanimidad de votos Ponente: Carlos Bravo y Bravo. Secretario: Pedro Galeana de la Cruz.
Nota: El criterio contenido en esta tesis contendió en la contradicción de tesis 12/91, resuelta por la Cuarta Sala, de la que derivó la tesis 4a./J. 24/93, que aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Número 65, mayo de 1993, página 22, con el rubro: "RECUENTO. VALORACION DE LA PRUEBA DE, PARA OTORGAR LA TITULARIDAD Y ADMINISTRACION DE UN CONTRATO COLECTIVO."
Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Epoca, Tomo XXIX, mayo de 2009, página 259, tesis por contradicción 2a./J. 61/2009, con el rubro: "RECUENTO. VALORACIÓN DE LA PRUEBA RELATIVA, PREVISTA EN EL ARTÍCULO 931 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, PARA DETERMINAR LA TITULARIDAD DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO."