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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 227352
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 459
REPLICA, FORMAN PARTE DE LA LITIS LAS CUESTIONES PLANTEADAS EN LA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 459
Aun cuando es la fracción II del artículo 878 de la Ley Federal del Trabajo la que prevé la posibilidad de que el actor en el juicio laboral modifique su demanda, igual derecho se contiene si se hace uso de la réplica prevista por la diversa fracción VI de ese dispositivo legal, e indudablemente que lo expuesto en esta forma también parte de la litis, ya que ésta se integra con todo lo alegado por las partes en la etapa de demanda y excepciones de la audiencia inicial del procedimiento laboral; máxime cuando la réplica se endereza a impugnar hechos derivados de la contestación de la demanda y desconocidos para el trabajador demandante. De no estimarse así, ningún efecto práctico tendría hacer uso de un derecho legal que no tuviera trascendencia jurídica alguna.
SEPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 277/89. Petróleos Mexicanos. 12 de septiembre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: María Yolanda Múgica García. Secretario: Sergio Pallares y Lara.