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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 227407
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 488
ROBO, CUANDO LA COSA SUSTRAIDA CARECE DE SIGNIFICACION ECONOMICA, NO SE TIPIFICA EL DELITO DE.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 488
Si la conducta del inculpado consistió en sustraer una hoja de papel impreso con sello oficial, para luego utilizarlo y cometer los delitos de falsificación y fraude es de concluir que, dada la mecánica de los hechos, el apoderamiento de la hoja de referencia no integra la conducta típica de robo, puesto que, si bien ésta se define como el apoderamiento de una cosa ajena mueble, sin consentimiento de la persona que puede disponer de ella con arreglo a la ley, lo cierto es que el bien jurídico tutelado en este ilícito, lo es el patrimonio de las personas. Esto entraña que el sujeto activo del delito, por medio del desapoderamiento furtivo, necesariamente cause un perjuicio económico en el patrimonio del pasivo, de suerte tal que el haberse procurado una hoja de papel para realizar con ella la falsificación, no tipifica el ilícito de robo, puesto que tal hoja de papel carece en lo absoluto de significación económica para quien sufre el desapoderamiento y, en cambio, la propia conducta encuadra en el diverso tipo penal de falsificación, pues el haberse allegado el formato verdadero, constituye el medio idóneo para consumar la propia falsificación.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 148/89. Noé Morales Samaniego. 16 de agosto de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Manuel Arredondo Elías. Secretario: Francisco Javier Solís López.