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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
227474
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 524

SOLIDARIDAD INEXISTENTE DEL PATRON DE LAS TRABAJADORAS CON LA EMPRESA DE QUE ERA CONCESIONARIO, SI ESTA FUE ABSUELTA POR LAUDO EJECUTORIADO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 524

Precedentes

Amparo directo 462/89. María Teresa Dávila y coagraviado. 8 de noviembre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: José R. Medrano González. Secretario: Valentín Martínez Contreras.
Registro digital (IUS): 227474