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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
227539
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 557

TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, SANCION Y CESE DE LOS, POR LA MISMA FALTA. SOLO PUEDE SER ANALIZADA POR EL TRIBUNAL SI FORMA PARTE DE LA LITIS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 557

Precedentes

Amparo directo 1897/89. José Luis Franco Altamirano. 29 de agosto de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: María Yolanda Múgica García. Secretario: Sergio Pallares y Lara.
Registro digital (IUS): 227539