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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 227579
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 581
VISITAS DE AUDITORIA. NO SON DOCUMENTOS IDENTIFICATORIOS LAS CREDENCIALES DE LOS VISITADORES EN LA QUE NO SEÑALEN EL PERIODO DE SU VIGENCIA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 581
Como la " vigencia " implica que determinado documento no está despojado de su validez, y en el caso en el acta de auditoría no se hace mención al período de vigencia de las credenciales con que se identificaron los visitadores, de ahí que no pueda determinarse si se encontraban vigentes al momento de la realización de la visita de auditoría; debe concluirse que dichas credenciales no son documento identificatorio alguno, toda vez que el particular no puede estar en pleno conocimiento de que, efectivamente, los visitadores representan a alguna autoridad o que ostentan los cargos señalados en las credenciales.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1263/89. Somer Producciones, S.A. 8 de agosto de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Lanz Cárdenas. Secretarios: Alvaro Tovilla León y Sergio Núñez Avila.