Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/227580
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 227580
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 581
VISITAS DE AUDITORIA, PRACTICA DE. ADMINISTRACION FISCAL REGIONAL. NO CARECE DE FACULTADES. ORDENES.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 581
La cláusula vigésima del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal que celebran el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado de Sonora, de fecha siete de octubre de mil novecientos ochenta y tres, publicado en el Diario Oficial de la Federación el cuatro de noviembre del mismo año, que a la letra indica: "Vigésima. La Secretaría podrá en cualquier tiempo ejercer las atribuciones a que se refiere este Convenio, aun cuando hayan sido conferidas expresamente al Estado, pudiendo hacer en forma separada o conjunta con este último"; es muy clara al establecer que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público puede en cualquier momento ejercer las atribuciones contenidas en dicho Convenio, sin que tal situación implique que se le están revocando o limitando las que fueron conferidas al Estado, de tal manera qué no es necesario requisito alguno, para que la autoridad fiscal federal, ejercite en forma separada del Estado, las facultades que tiene conferidas.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 228/89. Promotora de Muebles Básicos del Noroeste, S. A. de C. V. 6 de septiembre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Hugo Díaz Arellano. Secretario: Raymundo Garcés Yépez.