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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 2o. A. J/14. JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 227592
- Clave de tesis
- I. 2o. A. J/14.
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 596
AMPARO INDIRECTO QUE SE FORMULA COMO DIRECTO. SU PRESENTACION ANTE LA AUTORIDAD RESPONSABLE SI PRODUCE EFECTOS JURIDICOS.
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 596
Si la demanda de amparo se presentó oportunamente ante la autoridad responsable, por estimar el quejoso que el acto reclamado es impugnable a través del juicio de amparo directo, aunque el Tribunal Colegiado haya remitido la demanda relativa al Juez de Distrito, por considerar que es éste el competente para conocer del asunto en amparo indirecto, su presentación interrumpe el término de los quince días que señala el artículo 21 de la Ley de Amparo, pues no puede considerarse que una demanda de amparo indirecto ha sido presentada extemporáneamente cuando se entrega a la autoridad responsable, si la demanda se elabora como amparo directo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 792/86. Estructuras y Cimentaciones, S. A. 21 de agosto de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Amado Yáñez. Secretaria: Alicia Rodríguez Cruz.
Queja 212/86. Seguros La Provincial, S. A. 25 de septiembre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Amado Yáñez. Secretaria: Alicia Rodríguez Cruz.
Amparo en revisión 2522/88. Equipos y Cultivos de San Luis, S. A. de C. V. 8 de diciembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Amado Yáñez. Secretaria: Alejandra de León González.
Amparo en revisión 1082/89. Cartón y Papel de México, S. A. de C. V. 6 de julio de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Amado Yáñez. Secretario: Mario Sosa Escudero.
Amparo en revisión 1482/89. José Mercedes Pacheco Mejía. 28 de septiembre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretaria: Ma. del Consuelo Núñez de González.
Nota: La presente tesis no fue reiterada como vigente para los efectos de la publicación del Apéndice 1917-1995, según los acuerdos a que llegó la Comisión encargada de su integración, quedando a salvo las atribuciones de los órganos judiciales federales para aplicarla, reiterarla, interrumpirla o modificarla en los términos que establecen las disposiciones constitucionales y legales.