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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 5o. T. J/8. JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
227608
Clave de tesis
I. 5o. T. J/8.
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 607

CONCEPTOS DE VIOLACION INOPERANTES.

[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 607

Precedentes

Amparo directo 4760/87. Ferrocarriles Nacionales de México. 6 de octubre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretaria: María Isabel Haruno Takata Gutiérrez. Amparo directo 6090/87. Adolfo Villanueva Contero. 13 de octubre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretaria: María Isabel Haruno Takata Gutiérrez. Amparo directo 9125/88. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 16 de febrero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretario: José Francisco Cilia López. Amparo directo 1975/89. Ferrocarriles Nacionales de México. 14 de junio de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Constantino Martínez Espinoza. Secretario: Sergio García Méndez. Amparo directo 3805/89. Ferrocarriles Nacionales de México. 24 de agosto de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretario: José Francisco Cilia López.
Registro digital (IUS): 227608