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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XVI. J/1. JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
227632
Clave de tesis
XVI. J/1.
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 626

INCONFORMIDAD, LA RESOLUCION QUE DEJA SIN EFECTO EL CREDITO COMBATIDO A TRAVES DEL RECURSO DE, POR NO ESTAR FUNDADO Y MOTIVADO, Y DEJA A SALVO LOS DERECHOS DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, NO AFECTA LOS INTERESES JURIDICOS DEL PROMOVENTE.

[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 626

Precedentes

Amparo directo 513/88. Materiales, Equipos y Servicios para Construcción, S. A. 19 de septiembre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: José Trinidad Jiménez Romo. Secretaria: Verónica Roa Hernández. Amparo directo 18/89. Materiales, Equipos y Servicios para Construcción, S. A. 30 de mayo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: José Trinidad Jiménez Romo. Secretaria: Verónica Roa Hernández. Amparo directo 1044/88. Materiales, Equipos y Servicios para Construcción, S. A. 30 de mayo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: José Trinidad Jiménez Romo. Secretaria: Verónica Roa Hernández. Amparo directo 988/88. Materiales, Equipos y Servicios para Construcción, S. A. 12 de julio de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gloria Tello Cuevas. Secretario: J. Jesús Luis Lerma Macías. Amparo directo 1052/88. Materiales, Equipos y Servicios para Construcción, S. A. 19 de septiembre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco Sandoval Espinosa. Secretaria: Alicia Gómez Lagos. Nota: La presente tesis no fue reiterada como vigente para los efectos de la publicación del Apéndice 1917-1995, según los acuerdos a que llegó la Comisión encargada de su integración, quedando a salvo las atribuciones de los órganos judiciales federales para aplicarla, reiterarla, interrumpirla o modificarla en los términos que establecen las disposiciones constitucionales y legales.
Registro digital (IUS): 227632