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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 5o. T. J/11. JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 227633
- Clave de tesis
- I. 5o. T. J/11.
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 627
INSPECCION, DESECHAMIENTO DE LA, OFRECIDA RESPECTO A CONSTANCIA EN DOCUMENTOS QUE EL PATRON TIENE OBLIGACION DE CONSERVAR Y EXHIBIR.
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 627
Si el patrón ofrece la prueba de inspección ocular con la finalidad de acreditar los hechos que constan en documentos, los cuales tiene la obligación de conservar y exhibir en juicio de conformidad con el artículo 804 de la Ley Federal del Trabajo, el desechamiento que haga la junta de dicha prueba, no constituye violación al procedimiento ni a las garantías consagradas por los artículos 14 y 16 constitucionales, toda vez que por disposición expresa del citado precepto, deben exhibirse en juicio los documentos motivo de esa inspección.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 5330/87. Servicios de Viajes, S.A. 26 de abril de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Secretario: Vicente Angel González.
Amparo directo 9355/88. Ferrocarriles Nacionales de México. 12 de enero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretario: Erubiel Arenas González.
Amparo directo 10165/88. Ferrocarriles Nacionales de México. 21 de febrero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Secretaria: Beatriz Valenzuela Domínguez.
Amparo directo 12155/88. Ferrocarriles Nacionales de México. 15 de marzo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Constantino Martínez Espinoza. Secretario: Marco Tulio Burgoa Ramírez.
Amparo directo 6295/89. Ferrocarriles Nacionales de México. 5 de octubre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretaria: María Isabel Haruno Takata Gutiérrez.
Nota: La Cuarta Sala estableció criterio al respecto en las tesis números 9/91, 10/91 y 11/91, publicadas en la Gaceta número 43, del Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, páginas 53 y 54.