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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 5o. T. J/14. JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
227640
Clave de tesis
I. 5o. T. J/14.
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 631

LAUDO INCONGRUENTE. RIESGOS DE TRABAJO.

[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 631

Precedentes

Amparo directo 11025/88. Instituto Mexicano del Seguro Social. 5 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Constantino Martínez Espinoza. Secretario: Sergio García Méndez. Amparo directo 12065/88. Instituto Mexicano del Seguro Social. 5 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Constantino Martínez Espinoza. Secretario: Sergio García Méndez. Amparo directo 12995/89. Instituto Mexicano del Seguro Social. 28 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretaria: María Isabel Haruno Takata Gutiérrez. Amparo directo 4705/89. Instituto Mexicano del Seguro Social. 24 de agosto de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretaria: María Isabel Haruno Takata Gutiérrez. Amparo directo 5635/89. Instituto Mexicano del Seguro Social. 30 de octubre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Secretario: Vicente Angel González. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 45/91 resuelta por la Cuarta Sala, de la que derivó la tesis 4a./J. 15/93, que aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, número 65, mayo de 1993, página 15, con el rubro: "RIESGO DE TRABAJO. LA CONDENA AL PAGO DE UNA PENSION DERIVADA DE TAL RIESGO, DECRETADA EN CONTRA DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE CONGRUENCIA PREVISTO EN EL ARTICULO 842 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, AUNQUE DICHO INSTITUTO SOLO COMPAREZCA COMO TERCERO."
Registro digital (IUS): 227640