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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 227770
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 752
PRUEBA DOCUMENTAL. ACTA DE INSPECCION ES IDONEA PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA DE LA RELACION LABORAL.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 752
Si el trabajador aporta al juicio laboral el acta de inspección levantada por personal del Departamento de Trabajo y Previsión Social, en el lugar en que se encuentra la fuente de trabajo demandada, en la que consta que la diligencia se llevó a cabo en presencia de su propietario, quien firmó la misma, y en la que aparece como trabajador el quejoso, así como su antigüedad, categoría, salario y horario, entre otras condiciones de trabajo; por constituir dicha acta administrativa un documento público, en términos del artículo 795, de la Ley Federal del Trabajo, al haberse formulado por funcionario investido de fe pública y en ejercicio de sus funciones, hace fe en juicio y es suficiente para tener por acreditada la relación obrero- patronal entre actor y demandada.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 520/88. Víctor Manuel Andrade Calderón. 8 de febrero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Enrique Castillo Morales. Secretario: Pedro Garibay García.