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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 227774
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 755
PRUEBA TESTIMONIAL EN AMPARO EN MATERIA CIVIL. DEBE DESECHARSE POR INTERROGATORIO INCORRECTO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 755
Cuando el interrogatorio exhibido para el desahogo de la testimonial no se formula conforme a derecho porque las preguntas llevan implícitas las respuestas; en cada una de ellas se contienen hechos y circunstancias diferentes y no fueron redactadas en forma afirmativa o inquisitiva el juez de Distrito debe desecharlas y declarar desierta la prueba en cuestión.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 81/89. Matilde Alvarez Domínguez y otras. 20 de junio de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Marcos Arturo Nazar Sevilla. Secretario: José Emigdio Díaz López.