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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
227812
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 774

SENTENCIA DE AMPARO EN MATERIA AGRARIA. APLICACION DE LOS PRINCIPIOS ESTABLECIDOS EN LOS ARTICULOS 78, 225 Y 226 DE LA LEY DE AMPARO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 774

Precedentes

Amparo en revisión 41/89. Efrén Velázquez Hernández. 27 de junio de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Rogelio Camarena Cortés. Secretario: Jose Vega Cortez. Amparo en revisión 55/87. Modesto Zepeda Parra. 6 de junio de 1989. Mayoría de votos. Ponente: Ramón Medina de la Torre. Mayoría integrada por: Jorge Alfonso Alvarez Escoto y Rogelio Camarena Cortés.
Registro digital (IUS): 227812