Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/227834
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 227834
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 33
ABUSO DE AUTORIDAD. DELITO COMETIDO EN AUSENCIA DE TESTIGOS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 33
No en todos los casos el delito de abuso de autoridad cometido por funcionarios, o empleados públicos o de organismos descentralizados se realiza en presencia de testigos, pues el hecho arbitrario o que va en contra de las funciones que tiene encomendadas el agente, puede consistir en las presiones físicas o morales, realizadas sobre la víctima, para que ésta haga entrega involuntaria a su ofensor, de los bienes o derechos que son propios de aquél, para que no se actúe por el agente en el supuesto ejercicio de las atribuciones que son propias de su cargo, y en estos casos éste procurará ocultar su proceder para continuar ejerciendo sus funciones como tal agente de la autoridad.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1073/88. José Pedro Andrade. 14 de marzo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio Patlán Romero. Secretario: José Gilberto Moreno Gracia.