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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
227868
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 47

ACTA LEVANTADA POR INSPECTOR DE TRABAJO PARA ACREDITAR DESPIDO INJUSTIFICADO, CASO EN QUE CARECE DE VALIDEZ EL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 47

Precedentes

Amparo directo 77/89. Organización Robert's, S.A. de C.V. 29 de junio de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Gómez Molina. Secretario: J. René R. Corona Bermúdez. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 121/2005-SS resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 138/2005, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXII, diciembre de 2005, página 363, con el rubro: "INSPECTOR DEL TRABAJO. CARECE DE FACULTADES PARA LEVANTAR ACTAS EN LAS QUE HAGA CONSTAR LA PREEXISTENCIA DEL DESPIDO ALEGADO POR EL TRABAJADOR O PARA INTERROGAR AL PATRÓN O A SUS EMPLEADOS AL RESPECTO."
Registro digital (IUS): 227868