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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 227913
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 67
AGRARIO. COMISION AGRARIA MIXTA RESOLUCIONES DE CONFLICTOS SOBRE POSESION Y USUFRUCTO PARCELARIO. ES IMPROCEDENTE EL RECURSO DE INCONFORMIDAD.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 67
Los artículos 432 y 433 de la Ley Federal de la Reforma Agraria establecen la procedencia del recurso de inconformidad contra las resoluciones pronunciadas por la Comisión Agraria Mixta al resolver sobre la procedencia de la privación de derechos agrarios, y en su caso, sobre las nuevas adjudicaciones (véase el artículo 431 del mismo ordenamiento legal en relación con los numerales antes invocados); pero ese recurso no se encuentra establecido contra las resoluciones pronunciadas por la Comisión Agraria Mixta al resolver los juicio sobre posesión y usufructo parcelario a que se refieren los artículos 434 al 440 de la Ley Federal de la Reforma Agraria, pues el último de dichos numerales dispone: "Terminados los períodos de prueba y alegatos, la Comisión Agraria Mixta dictará su resolución en el término de quince días. La resolución será irrevocable y se comunicará a las partes y a la Secretaría de la Reforma Agraria."
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 2/89. Concepción Gutiérrez Félix. 3 de mayo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Eliseo Gustavo Araujo Arriaga. Secretario: Miguel Izaguirre Ojeda.