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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 227918
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 71
AGRARIO. INTERES JURIDICO, FALTA DE AFECTACION DEL.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 71
Si durante la tramitación del expediente de confirmación y titulación de bienes comunales surgió un conflicto de límites entre el poblado ejidal y la comunidad, resolviéndose dicho conflicto a favor de esta última, y en dicha resolución quedaron incluidos los capacitados del ejido en la lista de comuneros que forma parte integrante de esa resolución presidencial, y además existió conformidad de parte del poblado quejoso de ingresar a la comunidad agraria con las tierras que venía disfrutando en forma provisional por la vía de dotación, es inconcuso que no se afecta el interés jurídico del poblado quejoso, el que en mandamiento presidencial, quedaron sometidos sus capacitados al régimen comunal.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 82/89. Comisariado Ejidal del Núcleo de Población "La Palmita", Municipio de Culiacán, Sinaloa. 15 de junio de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Marco Antonio Arroyo Montero. Secretario: José Humberto Robles Erenas.