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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
227984
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 103

AMPARO, TERMINO PARA LA INTERPOSICION DEL. NO COMPRENDE LOS DIAS NO LABORADOS POR LA AUTORIDAD RESPONSABLE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 103

Precedentes

Amparo en revisión 36/89. Alejandro Bonfil Valle. 16 de marzo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Secretario: Cuauhtémoc González Alvarez. Reitera el criterio sustentado en la Jurisprudencia 22 Apéndice al Semanario Judicial de la Federación del año de 1985.
Registro digital (IUS): 227984