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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 227990
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 105
ANTIGÜEDAD Y HORARIO, LOS CAUSANTES MENORES EXENTOS POR LAS LEYES FISCALES, NO QUEDAN EXONERADOS DE LA OBLIGACION QUE IMPONE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, CUANDO EXISTE CONTROVERSIA SOBRE.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 105
Las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo son de orden público, en términos del artículo 5o., del propio ordenamiento legal, por lo que al establecerse en los artículos 784 y 804 de la citada Ley Laboral, por su orden: a) que el patrón tiene la obligación de probar su dicho cuando exista controversia entre otros aspectos con relación a la antigüedad y jornada de trabajo, y b) que el patrón tiene obligación de conservar y exhibir en juicio los documentos que se refieran al pago de vacaciones, aguinaldo y las primas a que elude la propia ley, la posible exención que se establezca en las leyes fiscales o tributarias para que la demanda tenga control de ingresos y egresos, no la exonera de la obligación que impone la Ley Federal del Trabajo a quienes utilizan el servicio asalariado.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 635/88. Consuelo Ruvalcaba Bernal viuda de Santa Colomba. 17 de enero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Fortino Valencia Sandoval. Secretario: René Díaz Nárez.