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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
228092
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 156

AUTO DE SUJECION A PROCESO. CIRCUNSTANCIA EN LA CUAL NO ES OBLIGATORIO AGOTAR EL RECURSO DE APELACION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 156

Precedentes

Amparo en revisión 14/89. Ricardo Strauz Santiago. 13 de febrero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Alberto Martín Carrasco. Secretaria: Irma Rivero Ortiz. Amparo en revisión 4/89. Lucía Vigi Sánchez. 30 de enero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: J. Jesús Duarte Cano. Secretario: A. Enrique Escobar Angeles. Amparo en revisión 46/88. Luis Saulny González. 28 de marzo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Alberto Martín Carrasco. Secretaria: Martha García Gutiérrez. Octava Epoca, Tomo I, Segunda Parte 1, página 141.
Registro digital (IUS): 228092