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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 228112
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 166
BIENES LITIGIOSOS. LA APROBACION DEL PROYECTO DE PARTICION Y DIVISION DE HERENCIA EN QUE SE INCLUYEN LOS MISMOS ES LEGAL SI NO ORDENA LA ADJUDICACION DE ELLOS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 166
Es legal la determinación impugnada, que se limita a aprobar el proyecto de división y participación de herencia, de los bienes listados, si en ella se deja pendiente lo relativo a la adjudicación y escrituración de los bienes litigiosos, incluidos con este carácter en el haber hereditario.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 111/89. María del Carmen Sandoval Zavala. 17 de mayo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Murillo Delgado. Secretaria: Libertad Rodríguez Verduzco.