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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 228196
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 213
CONDICIONES ESPECIALES DE TRABAJO. LA CARGA DE LA PRUEBA LE CORRESPONDE AL ACTOR.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 213
Al trabajador que afirma que desempeña su trabajo en condiciones especiales y, por ende, merece un sobresueldo, le corresponde la fatiga procesal de demostrar el extremo de su dicho, puesto que la controversia no es sobre las condiciones generales del trabajo, sino sobre situaciones particulares y especiales que el actor alega influyen en el desempeño de su labor.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 33/89. Pedro Méndez Carrillo y coagraviados. 11 de mayo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Meza Pérez. Secretaria: María de los Angeles Valdez Barba.