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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 228267
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 249
DELITO DE FALSEDAD ANTE AUTORIDAD DISTINTA DE LA JUDICIAL. CONFIGURACION Y BIEN JURIDICO TUTELADO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 249
Si los inculpados, al acudir a la Secretaría de Relaciones Exteriores, contestaron a las preguntas formuladas en la solicitud, proporcionando datos como fecha de nacimiento, domicilio, ocupación, etcétera, se infiere que resultan desacertadas las consideraciones del juez de amparo de que en ningún momento los quejosos declararon ante una autoridad distinta de la judicial, habida cuenta de que una interpretación sistemática del artículo 247, fracción I, del Código Penal Federal y de los hechos generadores de la infracción penal nos lleva a concluir que su actitud se tradujo en responder en forma escrita al interrogatorio que "bajo protesta de decir verdad" rindieron, faltando a la verdad en cuanto a su fecha de nacimiento ante el titular de esa dependencia, quien tiene el carácter de autoridad administrativa federal en ejercicio de sus funciones; puesto que la expedición del pasaporte está comprendida en la esfera de sus atribuciones; entonces, de esta manera se prueba la transgresión a la norma tutelada, ya que el espíritu del legislador en ella, fue el de preservar la legitimidad en la expedición de los documentos oficiales auténticos que se ponen en circulación.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 351/88. José de la Fuente Guzmán y coagraviado. 2 de febrero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Meza Pérez. Secretaria: María Inocencia González Díaz.