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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 228320
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 278
DESPIDO. OFRECIMIENTO DEL TRABAJO, EFECTOS DE SU RECHAZO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 278
La calificación que corresponda al ofrecimiento del trabajo, a efecto de revertirse o no la carga de la prueba, depende exclusivamente de la postura que adopte el patrón en relación a los servicios que propone, y no así de la conducta del empleado aceptando o rechazando la reinstalación, ya que si no consiente en volver a sus labores, en su perjuicio dejarán de computarse en su favor los salarios caídos que pudieran corresponderle, en caso de existir apercibimiento hecho efectivo, en ese sentido.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 855/89. Radiadores Hércules, S. A. 4 de mayo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretario: Erubiel Arenas González.