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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
228326
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 281

DESPOJO. LA ORDEN DE RESTITUIR AL OFENDIDO EN LA POSESION DEL INMUEBLE OBJETO DEL DELITO DE. NO ES VIOLATORIA DE GARANTIAS (LEGISLACION DEL ESTADO DE QUERETARO).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 281

Precedentes

Amparo en revisión 168/88. Alfredo Hernández Martínez. 28 de febrero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Joel González Jiménez. Secretario: Fernando Estrada Vázquez .
Registro digital (IUS): 228326