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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
228359
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 298

DOCUMENTO PRIVADO, OBJECION DE FALSEDAD DEL, POR EL FIRMANTE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 298

Precedentes

Amparo directo 32/89. Sucesión de José Luis Padrón Báez. 10 de marzo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Robustiano Ruiz Martínez. Secretaría: Ruth Ramírez Núñez. Véanse: Jurisprudencia número 90, página 82, quinta parte, Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985. Jurisprudencia número 90, Tercera Sala, página 233 del citado Apéndice.
Registro digital (IUS): 228359