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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 228389
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 313
EMPLAZAMIENTO A JUICIO LABORAL. EL ACUERDO QUE LO ORDENA NO AFECTA LOS INTERESES JURIDICOS DEL EMPLAZADO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 313
Es inexacto que por el hecho de que se haya ordenado emplazar al quejoso a juicio, se afecten sus intereses jurídicos, aduciendo que se le obliga a litigar en el juicio en el que nada tiene que ver directamente, ya que tal acto procesal por su propia naturaleza no contiene determinación alguna acerca de si el quejoso está o no legitimado en la causa para ser demandado, es decir, no prejuzga sobre si fue o no patrón del actor, ya que esto en todo caso será materia de la litis y se decidirá en el laudo correspondiente.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 671/88. Amado Salinas Sánchez. 22 de febrero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Morales Ibarra. Secretario: Jorge Valencia Méndez.