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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 228391
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 314
EMPLAZAMIENTO, AMPARO DIRECTO, FALTA DE, A UNA DE LAS RESPONSABLES. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 314
Como la sala responsable por cuyo conducto se presentó la demanda de amparo, omitió emplazar a una diversa autoridad señalada con tal carácter, de quien se reclama distinto acto, es evidente que no se integró debidamente la relación procesal, lo cual imposibilita examinar adecuadamente los actos materia del juicio constitucional; en consecuencia, con apoyo en lo dispuesto por el artículo 58 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se impone revocar los autos de presidencia que admiten y turnan respectivamente este asunto y mandar reponer el procedimiento en el juicio de garantías, para el efecto de que la sala responsable, al tenor de lo dispuesto por los artículos 167 y 168 de la Ley de Amparo, emplace a la autoridad responsable mencionada, para que dentro del término máximo de diez días comparezca a este tribunal a rendir su informe justificado, al que deberá anexar copia certificada de las constancias necesarias para apoyarlo, como lo previene el artículo 167 ya citado.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 542/88. Gas Monte Albán, S. A. 19 de mayo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Agustín Romero Montalvo. Secretaria: Araceli Cuéllar Mancera.
Amparo directo 27/89. Gas de Oaxaca, S. A. 19 de mayo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Agustín Romero Montalvo. Secretaria: María de los Angeles Pombo Rosas.
Amparo directo 28/89. Servigas de la Antequera, S. A. 19 de mayo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Agustín Romero Montalvo. Secretaria: Araceli Cuéllar Mancera.