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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 228468
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 354
FRAUDE ESPECIFICO POR SIMULACION DE CONTRATO. REQUISITOS PARA SU EXISTENCIA (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 354
Para la existencia del delito de fraude específico por simulación de un contrato, a que se refiere el artículo 404, fracción IX del Código de Defensa Social para el Estado de Puebla, no basta la simulación del contrato; se hace menester que la supuesta creación o transferencia de obligaciones entre contratantes ocasionen perjuicio a otro, es decir, a un tercero ajeno a la contratación. La tutela penal se establece en favor de los extraños a la simulación porque cuando resultan perjudicados los contratantes mentirosos, lo son por sus actos voluntarios.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 32/89. Alfredo Cortés Rito. 28 de febrero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Manuel Marroquín Zaleta. Secretario: Othón Manuel Ríos Flores.