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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 228491
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 370
HOMICIDIO, TENTATIVA DE. ABSORBE AL DELITO DE LESIONES.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 370
No es exacto que el homicidio en grado de tentativa sea consecuencia del delito de lesiones y que de no existir éste, tampoco se da aquél, toda vez que cuando existe propósito de matar, el homicidio en grado de tentativa absorbe el delito de lesiones, pues cuando se efectúa esa alteración física con el fin determinado de dar muerte, debe estimarse que el hecho delictuoso, probablemente sea sancionado como el de homicidio en grado de tentativa, de ahí que el dolo que exista en las lesiones resulta excluido por la intención directa de privar de la vida.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 706/88. Adolfo Cortés Cortés y coagraviados. 3 de marzo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Agustín Romero Montalvo. Secretaria: María de los Angeles Pombo Rosas.