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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
228508
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 381

IMPROCEDENCIA, OPERA LA, SI EN EL JUICIO ANTERIOR SE NEGO EL AMPARO POR FALTA DE PRUEBAS SOBRE LOS MOTIVOS Y DATOS EN QUE SE FUNDO LA ORDEN DE APREHENSION RECLAMADA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 381

Precedentes

Amparo en revisión 57/89. Gustavo Vázquez Rivera. 3 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Pablo Antonio Ibarra Fernández. Secretario: Abdón Ruiz Miranda.
Registro digital (IUS): 228508