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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
228531
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 393

INDUSTRIA AZUCARERA. PRIMA DE ANTIGÜEDAD, SALARIO BASE PARA EL CALCULO DE LA, CUANDO EL QUE PERCIBE EL TRABAJADOR ES SUPERIOR AL PREVISTO EN EL CONTRATO LEY.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 393

Precedentes

Amparo directo 862/89. Ingenio San Sebastián S. A. 7 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: César Esquinca Muñoa. Secretario: Juan Manuel Alcántara Moreno.
Registro digital (IUS): 228531