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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 228533
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 394
INFONAVIT. CUANDO CELEBRA CONTRATO DE OTORGAMIENTO DE CREDITO PARA EL PAGO DE BIENES INMUEBLES, NO TIENE EL CARACTER DE AUTORIDAD.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 394
El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), tiene el carácter de autoridad en tanto actúa como organismo fiscal autónomo para requerir sobre las aportaciones y descuentos omitidos por los particulares, pero tal carácter no le es atribuible cuando a través de sus representantes u órganos administrativos expresa unilateralmente la voluntad de rescindir el contrato celebrado para el otorgamiento de crédito y el pago de los bienes inmuebles que financía, debido al incumplimiento de sus cláusulas por parte de los quejosos, porque tal acto emana de acuerdos celebrados entre particulares, y en esa virtud debe sobreseerse en el juicio de garantías.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 224/88. Rosa Martina Rocha García y Miguel Angel Arenas Medina. 18 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio Patlán Romero. Secretario: Paulino Lorea Hernández.