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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
228563
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 409

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, REPRESENTACION DEL. FACULTADES DEL DIRECTOR GENERAL PARA SUBSTITUIR O DELEGAR LAS QUE LE OTORGA EL ARTICULO 257 DE LA LEY.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 409

Precedentes

Amparo en revisión 88/89. Austraberto Vázquez Aguilar. 8 de mayo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Ernesto Rosas Ruiz. Secretario: Anastasio González Martínez.
Registro digital (IUS): 228563