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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
228641
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 448

LINDEROS, RECONOCIMIENTO DE, NO AFECTA EL INTERES JURIDICO DEL NUCLEO EJIDAL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 448

Precedentes

Amparo en revisión 89/89. Comisariado Ejidal Pie de la Cuesta, San Juan Cacahuatepec, Jamiltepec, Oax. 31 de marzo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Morales Ibarra. Secretario: Amado Chiñas Fuentes. Véase: Jurisprudencia número 163, Segunda Sala, página 314, Tercera Parte, Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985.
Registro digital (IUS): 228641