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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
228732
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 500

NULIDAD, JUICIO DE, ANALISIS OFICIOSO DE LAS PRUEBAS EN EL. NO ES OBLIGATORIO SI YA LAS ANALIZO LA AUTORIDAD EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1989; Pág. 500

Precedentes

Amparo directo 1918/87. Compañía de Luz y Fuerza del Centro, S. A. de C. V. 9 de marzo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: David Delgadillo Guerrero. Secretaria: Sofía Virgen Avendaño.
Registro digital (IUS): 228732