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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 228852
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 558
PRESCRIPCION ADQUISITIVA. LAS DILIGENCIAS DE INFORMACION DE DOMINIO NO SON APTAS PARA ACREDITAR LA POSESION A TITULO DE DUEÑO COMO ELEMENTO DE LA ACCION DE.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 558
Para acreditar la posesión a título de dueño como elemento de la acción de prescripción adquisitiva, no basta que el actor posea como dueño, siendo necesario acreditar que realizó actos o hechos susceptibles de ser apreciados con los sentidos, que demuestren el dominio de la cosa, que manda en ella y la disfruta por sí mismo, y aun cuando el actor demuestre haber promovido diligencias de información de dominio, éstas no son aptas para demostrar que la posesión detentada sobre los inmuebles correspondientes lo sea en calidad de dueño, pues las mismas se reciben sin citación contraria y sin perjuicio de terceros con mejores derechos sobre el inmueble a que se refiere.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 96/89. Donato López Báez. 2 de marzo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Secretaria: María Concepción Alonso Flores.