Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/228858
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 228858
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 563
PRESCRIPCION ADQUISITIVA. TITULO DE PROPIEDAD NO APTO PARA ACREDITAR EL INICIO DE LA POSESION.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 563
Si el título de propiedad presentado para acreditar el inicio de la posesión para los efectos de la prescripción adquisitiva no fue inscrito en el Registro Público de la Propiedad, la fecha de dicho documento no puede servir de base para iniciar el cómputo de dicha prescripción, en razón de que siendo un documento privado bastaría con antedatarlo, aprovechando una posesión reciente.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 382/88. Julia Sánchez Morales. 13 de enero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Robustiano Ruiz Martínez. Secretaria: Martha Llamile Ortiz Brena.
Véanse:
Jurisprudencia 131 y 218, páginas 379 y 631 y las ejecutorias visibles a fojas 381 y 634, Tercera Sala, Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985.
Séptima Epoca, Volumen 80, séptima parte, Sala Auxiliar, página 23.