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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
228887
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 578

PROCEDIMIENTO PENAL, REPOSICION DEL, ORDENADA ILEGALMENTE (LEGISLACION DEL ESTADO DE TABASCO).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 578

Precedentes

Amparo en revisión 249/88. Juan Francisco González Villalobos. 3 de febrero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Moisés Duarte Aguíñiga. Amparo en revisión 146/85. Antonio Sánchez Pérez. 20 de septiembre de 1985. Unanimidad de votos. Moisés Duarte Aguíñiga. Séptima Epoca: Volúmenes 205-216, Sexta Parte, página 594.
Registro digital (IUS): 228887