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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
📌 Nota del SJF sobre vigencia
Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 18/2019 de la Segunda Sala de la que derivó la tesis jurisprudencial 2a./J. 76/2019 (10a.) de título y subtítulo: "PRUEBA TESTIMONIAL EN EL JUICIO LABORAL. SU DESAHOGO PUEDE DIVIDIRSE CUANDO LOS TESTIGOS RADIQUEN FUERA DEL LUGAR DE RESIDENCIA DE LA JUNTA (LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA EL 30 DE NOVIEMBRE DE 2012)."
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 228951
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 607
PRUEBA TESTIMONIAL. DEBE ADMITIRSE AUN CUANDO LOS TESTIGOS RESIDAN EN LUGARES DIFERENTES Y FUERA DE LA RESIDENCIA DE LA JUNTA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 607
Si bien la testimonial puede catalogarse como indivisible, no es motivo para rechazarla, la circunstancia de que los testigos propuestos tengan sus domicilios en lugares diferentes entre sí y fuera de la residencia de la Junta, en razón de que, tratándose de distintas localidades de residencia de los testigos, es factible recibirla separadamente, aunque se trate de personas que integran un solo grupo de testigos, para que declaren en lugares y fechas diversas.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 321/88. José María Arizaga Cisneros. 15 de marzo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús Rodríguez Martínez. Secretario: José Martín Hernández Delgadillo.
Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 18/2019 de la Segunda Sala de la que derivó la tesis jurisprudencial 2a./J. 76/2019 (10a.) de título y subtítulo: "PRUEBA TESTIMONIAL EN EL JUICIO LABORAL. SU DESAHOGO PUEDE DIVIDIRSE CUANDO LOS TESTIGOS RADIQUEN FUERA DEL LUGAR DE RESIDENCIA DE LA JUNTA (LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA EL 30 DE NOVIEMBRE DE 2012)."